Anexo Transaccional SRI - Ecuador

domingo, noviembre 13, 2011

Pendientes de un contribuyente en Ecuador

¿Qué es un proceso coactivo?
Es el cobro forzoso que efectúa la administración tributaria de los valores adeudados por un contribuyente moroso, mediante la iniciación de un juicio corto que conlleva la posibilidad de ejecutar la deuda incluso con los bienes del deudor o sus representantes.
¿Qué requisitos son necesarios para obtener un certificado de estar al día con las obligaciones tributarias tanto en personas naturales como sociedades?
Para obtener Certificados de Cumplimiento de Obligaciones, el contribuyente debe acercarse al Departamento de Información en cualquier oficina del SRI a nivel nacional. Los requisitos para obtener certificados de cumplimiento de obligaciones son: Cédula de Identidad y Certificado de votación del contribuyente (originales) en el caso de que se acerque el mismo contribuyente. Si una tercera persona se acerca a realizar el trámite a otro contribuyente, debe llevar copia de cédula de identidad y certificado de votación del contribuyente a quien le realiza el trámite, más cédula de identidad original y carta de autorización elaborada por el contribuyente autorizando a la tercera persona. En el caso de sociedades, deberá adjuntarse el nombramiento del Representante legal. Para el caso de solicitar dicho certificado las Sociedades para ser presentado en la Superintendencia de Compañías, deberá ingresar su solicitud en las ventanillas de Secretaría.
¿Cómo puede revisar si consto o no en estado tributario?
La información de sus obligaciones pendientes, por ser confidencial, sólo se la puede proporcionar al propio contribuyente. Para el efecto usted la puede verificar acercándose personalmente con su cédula de identidad y certificado de votación al Área de Información, o puede llamar al 1700-774774 proporcionando las fechas de inicio de actividades y de inscripción en el RUC le podrán facilitar la información; o si tiene clave para declarar por Internet lo puede revisar en su propio sistema, ingrese en SERVICIOS EN LÍNEA con su RUC y contraseña una vez dentro del sistema escoge la opción de GENERAL/ DECLARACIONES/ESTADO TRIBUTARIO.
¿Si mis ingresos superan los límites desde qué fecha llevo contabilidad?
Si al 1 de enero de un ejercicio financiero opera con un capital superior a US$60.000,00 deberá llevar contabilidad desde esa fecha.  También debe llevar contabilidad desde el 1 de enero del año siguiente a aquel en el que obtuvo ingresos brutos superiores a US$100.000 dólares o costos y gastos anuales, imputables a la actividad empresarial superiores a US$80.000